DEFINICIÓN


VACUNA ANTIDIFTÉRICA

El agente inmunizante es un toxoide diftérico obtenido de cultivos de Corynebacterium diphteriae (Cd) productor de toxina, e inactivado con formol (asociado siempre con toxoide tetánico). Su uso data de 1940, ya como vacuna Triple. Su eficacia es del 99% y es el único método de control de la infección o epidemias

En la mayoría de los países, comienza a aplicarse desde los 2 meses de edad en adelante, incorporada en las vacunas Doble, Triple, Cuádruple, Quíntuple o Séxtuple; según sea su realidad epidemiológica y/o económica

Nota: la enfermedad puede no conferir inmunidad; por lo tanto, en la convalescencia de la misma, debe iniciarse la vacunación

Contraindicaciones

Prácticamente no tiene. Están referidas a las vacunas que la acompañan (fundamentalmente, antitetánica y anticoqueluchosa). Ellas son: reacción alérgica severa a algún componente de la vacuna o luego de una dosis previa. Las afecciones leves, tales como el resfrío común, no constituyen una contraindicación.

Debe evaluarse la continuación del esquema, de presentarse un Síndrome de Guillain Barré hasta 6 semanas posteriores a una dosis.

Presentaciones

La vacuna antidiftérica está incluida en las siguientes combinaciones: vacuna Triple bacteriana celular (DPT) o acelular (DTaP): antitetánica, anticoqueluchosa y antidiftérica; y vacuna Doble (dT), antitetánica y antidiftérica, de aplicación desde los 7 años en adelante.

También se encuentra incluida en las vacunas Cuádruple (triple bacteriana + antihaemophilus); Quíntuple o Pentavalente: triple bacteriana, antihaemophilus y PVI o triple bacteriana, antihaemophilus y antihepatitis B y Séxtuple o Hexavalente (triple bacteriana + antihaemophilus + antihepatitis B + PVI).

En los refuerzos cada 10 años, debe usarse vacuna Doble o Triple acelular. No existen contraindicaciones para la aplicación de esta vacuna (aún en embarazadas después del quinto mes de gestación).

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